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  YA SE LANZO UNA CAMPAÑA DE CONCIENTIZACION  
  Buenos Aires: Puan, otro distrito libre de humo de tabaco  
  El 13 de este mes entrará en vigencia la ordenanza que prohibe fumar en lugares cerrados de acceso público. Habrá multas y hasta clausuras para los infractores.  
 
La Nueva Provincia de B. Blanca (Argentina) 03-09-10
El 13 de este mes comenzará a tener plena vigencia la ordenanza municipal que prohibe fumar en lugares cerrado de acceso público, la cual contempla multas y hasta clausuras para los infractores.
La norma --que lleva el número 5.016/10-- alcanza a lugares cerrados del ámbito privado o público. Incluso prohibe fumar en zonas de transición como ascensores o salas de descanso o espera.
La aplicación de la ordenanza afectará particularmente a los centros de esparcimiento nocturno, salas de juego, salones de fiestas, bares, pizzerías, restaurantes y demás sitios, donde es frecuente que los clientes fumen.
Sin embargo, la jefa de Medio Ambiente comunal, María Allegue, dijo ayer que confía en que la norma tendrá éxito.
"Va a costar, porque fumar es un hábito, pero para eso estamos entregando a todos los comercios una copia de la ordenanza, e informando a los propietarios cómo van a ser los controles por parte del cuerpo de inspectores", sostuvo.
"A la par, estamos desarrollando una labor de concientización en los colegios y entre la población, mediante folletería y avisos radiales y televisivos", añadió.
La funcionaria confirmó que habrá sanciones económicas y hasta clausuras para los propietarios de los locales en donde no se cumpla la ordenanza.
"Quienes no cumplan primero recibirán un apercibimiento, luego multas y, en caso de una notable reincidencia, hasta clausuras", dijo.
Allegue recalcó que los ciudadanos también deben ser conscientes de la importancia de la ordenanza, por lo que deben avisar ante alguna violación manifiesta de la norma.


Ceniceros.
Además de lo señalado en cuanto a la prohibición y las sanciones para los incumplidores, la ordenanza exige a los comerciantes que exhiban carteles con la leyenda "Prohibido Fumar" en los accesos y en el interior de sus locales.
Además, señala que "el propietario, operador, gerente u otra persona que administre un espacio cerrado deberá retirar del alcance del público ceniceros y demás elementos relacionado con el hábito de fumar".
El control de la ordenanza estará a cargo de las jefaturas de Medio Ambiente, Bromatología, Tránsito e Inspección, así como de la Policía Comunal, se informó.

 
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