La Corte Suprema de Justicia rechazó la demanda contra el veto del gobernador Oscar Jorge a la ley que reglamenta el procedimiento a seguir en los hospitales públicos en los casos de los abortos legales. La demanda, presentada por el Partido Socialista de La Pampa y varias ONG (reunidos en el Foro No al Veto), no fue admitida por el voto de cuatro jueces.
El Partido Socialista y las ONG que impulsan políticas de género, presentaron una demanda de inconstitucionalidad contra el veto del gobernador Oscar Jorge, emitido durante los primeros días de su mandato, en diciembre de 2007. Jorge vetó una ley, sancionada por la Cámara de Diputados con el voto del PJ y los bloques opositores, que establecía una reglamentación acerca de la forma de proceder en los casos de abortos no punibles.
Cabe recordar que el artículo 86 del Código Penal, en sus incisos 1 y 2, establece los supuestos en los cuales el aborto está legalizado: por correr peligro la vida o la salud de la mujer (inciso 1), es el caso del aborto terapéutico; y cuando el embarazo sea producto de una violación cometida sobre una mujer con discapacidad mental, idiota o demente (inciso 2), es el caso del aborto eugenésico.
La ley sancionada, conocida como Ley Peppino, establecía una reglamentación en el sistema público de Salud para el procedimiento de la concreción del aborto legal. De esta manera, evitaba la negativa de los médicos, que, en algunos casos, al judicializar el tema o al no realizar un aborto por cuestiones de conciencia, dejan a las mujeres sin ese derecho actualmente legalizado.
La Corte Suprema no ingresó a analizar el fondo de la cuestión, ya que consideró “inadmisible” la presentación. Los votos que rechazaron el ingreso de la demanda fueron de los jueces Enrique Petracchi (10 de mayo), Juan Carlos Maqueda (12 de mayo), Eugenio Zaffaroni (26 de mayo) y Ricardo Lorenzetti (22 de junio). Con esta mayoría de cuatro votos el caso no llegó a manos de los otros magistrados, Carlos Fayt, Elena Highton y Carmen Argibay.
El 31 de agosto pasado el caso pasó a Archivo de la Corte Suprema de Justicia.
La demanda entró el 6 de abril de 2010 en la Corte Suprema. Fue patrocinada por el constitucionalista Andrés Gil Domínguez, en representación del Partido Socialista e integrantes del Foro No al Veto, integrado por Mujeres por la Solidaridad, la revista Urbanas y el Instituto de Estudios Interdisciplinarios de la Mujer, de la Universidad Nacional de La Pampa.
A dos puntas
Después que la ley fue sancionada en noviembre de 2007, el gobernador Carlos Verna no la promulgó. Esto a pesar de que los legisladores vernistas votaron a favor de la ley y que el subsecretario Rubén Ojuez fue a las comisiones legislativas a respaldarla.
El doble juego de Verna no tuvo muchas sutilezas. Le dejó el camino abierto al gobernador Oscar Jorge, quien el 10 de diciembre de 2007 se mostró en muchos pasajes de su asunción al lado del obispo Fidel Brédice. Cuando salió el veto no hubo sorpresas para nadie.
Jorge, además, atacó los avances que había realizado la gestión de Ojuez en relación a los derechos reproductivos: desplazó al médico Fernando Giayeto, que estaba al frente del programa de ligadura de trompas.
Jorge sostuvo en el veto que el texto de la ley incurría, en el concepto de Salud integral, en “interpretaciones de la legislación de fondo”. Sostuvo que tocaba incumbencias del Congreso Nacional, ya que se debía reformar el Código Penal para establecer la reglamentación que pretendía la ley.
El 15 de diciembre de 2009, el Superior Tribunal de Justicia rechazó la acción de inconstitucionalidad del Partido Socialista de La Pampa. Fue con un argumento formal, al decir que los partidos políticos no tienen derecho a presentarse en nombre de un colectivo.
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